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Después de analizar la intervención de los expertos, que fueron escuchados en la comisión de educación del Senado, salvo las intervenciones de los directores en los colegios, se aprecia una alta teorización, una falta de la más mínima autocrítica, sobre todo respeto de los que han decidido las políticas públicas, referidas en escuela los últimos 20 años, y lo más grave, una ausencia total de soluciones respecto del hecho de la violencia, la que no puede ser erradicada, a través de medidas netamente pedagógicas.

Si bien el debate sobre el origen de la violencia puede ser muy interesante, es altamente preocupante que ninguno de los intervinientes en la comisión de educación del Senado, hayan propuesto soluciones concretas, y solo se hayan quedado en la formas, porque el debido proceso siendo un elemento esencial que las garantías constitucionales judiciales, es un tema formal (prueba de ello, es que el gobierno ingresó indicaciones que salvan este punto), pero desde óptica del fondo del problema, no explican la necesidad otorgar facultades que actualmente no tienen los colegios para expulsar de ese ambiente, propio del estudio y del cultivo de los saberes, a los actores y sus acciones que están completamente reñidas con este elemento central de la educación, y que afectan gravemente los derechos educativos de otros menores de edad, que se ven expuestos a la violencia. Teorizar sobre la violencia en la escuela tal cual como lo hacen doña Consuelo Contreras, don Ibán de Rentería y doña Isidora Mena, entre otros, no le sirven aquellos directores de colegios, docentes y asistentes de la educación que todos los días conviven con alumnos, menores de edad, pero realizan verdaderos actos delictuales respecto de los demás miembros de la comunidad educativa.

Es curioso cómo el colegio profesores describiendo muy bien los actos de violencia que sufren algunos docentes, tanto del sector público como del sector privado, pone el énfasis en los cambios estructurales (que por definición son lentos), y no en la solución actual del problema en la escuela.

También los expertos teóricos plantean que la solución no es la expulsión del alumno, ya que ellos trae aparejado, “endosarle” el alumno problema a otra escuela. Estos plantean que la solución pasaría por dar mayores atribuciones resolutivas a los consejos escolares, mayor diálogo y conversaciones al interior de la comunidad educativa, y esto “mágicamente” traería como consecuencia la erradicación de la violencia las escuelas. Lo más curioso de esto, es que no se aporta ningún estudio realizado en Chile del cual pueda colegirse tal resultado.

Finalmente un elemento que no aparece en el debate, y que tiene un componente altamente jurídico, es la responsabilidad de los padres o el adulto responsable que sea, respecto a los actos de los menores a su cargo. Es conveniente tener presente que la Corte Suprema ya sancionó al padre de un menor, por daño moral, cometido por su hijo menor, al haber expuesto fotos privadas de otra adolescente. En todos los países donde se consagra el derecho a la educación, se consagra el deber de educarse, y se establecen sanciones, incluso pecuniarias respecto de que no cumple con el deber de educar a sus hijos. Establecer el derecho de educación sin una corresponsabilidad de la familia, parte de la base que el grupo familiar, cualquiera que éste sea, está al margen de la educación de sus hijos, lo que contraviene no solamente los pactos y derechos sociales y políticos citados por la directora del Instituto de Derechos humanos , sino por la Constitución.

Finalmente también se echa de menos que alguno de los intervinientes en el Senado, haya hecho referencia respecto de las víctimas de la violencia, y cuál sería la solución que estas piden respecto de los hechos que ocurren en un establecimiento educacional. Las soluciones legales pasan actualmente sin esta ley, por un proceso que se va a judicializar, ya sea a través del recurso de protección, o bien a través de la media de protección, que exigen la intervención de un juez para solucionar un problema que justamente pasa a ser jurídico, y no es susceptible de ser remediado a través de elementos pedagógicos. Incluso en el ámbito estrictamente jurídico un establecimiento educacional, ante una situación de violencia tiene el deber, otorgado por la ley de denunciar un hecho que revista caracteres de delito que afecte a un alumno, y también la obligación de pedir, ante los tribunales de familia, cuando algún menor ha sido sometido algún tipo de violencia física o psicológica, una medida cautelar de protección. En ambos casos, y con mayor fuerza en el ámbito penal, la solución no sirve dentro de la escuela, ya que debido al régimen garantista que se tiene, y a lo sobrepasadas que están las fiscalías, aún cuando se trate de un hecho o delito, flagrante es muy probable que el menor violento, no pase ni 48 horas fuera del establecimiento, ya que no tiene restricciones de acercamiento y volverá a estar en la sala de clases, donde ha efectuado actos de violencia.

El proyecto de ley es perfectible, pero la escuela y el colegio requiere este mecanismo de expulsión, que se aplique en casos extremos, y que permitan reconducir a la escuela y a la comunidad educativa, a lo propio que es aprender y enseñar.

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