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La denuncia de CIPER sobre los nexos de Fernando Felicevich con las casas de apuestas que auspician al fútbol chileno puede traer duras consecuencias para el representante. Así lo señaló el abogado en derecho deportivo, Eduardo Lobos, quien también alertó de que Felicevich puede perder su licencia de agente entregada por la FIFA.

“Habría que revisar el caso en concreto y los antecedentes. Lo que sí te puedo hacer presente es que, efectivamente, el Código de Ética establece que los jugadores, los agentes organizadores de partidos, los intermediarios también, las autoridades de las federaciones, los dirigentes… Ninguno, puede participar directa ni indirectamente en apuestas o juegos de azar relacionados con el fútbol”, alertó el abogado en diálogo con La Tercera.

“Es decir, ellos no pueden apostar, básicamente. Y también se establece que no pueden tener intereses directa ni indirectamente en empresas u organizaciones que promuevan u organicen este tipo de juegos de apuestas relacionados con el fútbol. Y cuando digo intereses, básicamente me refiero a un beneficio económico como consecuencia de esta actividad, asociada a las casas de apuestas o juegos de azar, en general, relacionados con el fútbol”, explica Lobos.

“En el caso de que se presente una denuncia se iniciará una investigación. De acuerdo con los antecedentes que se aporten en el proceso, eventualmente, esta Comisión de Ética de la FIFA podría aplicar una sanción que va desde amonestaciones, una multa económica e incluso la suspensión de las actividades relacionadas con el fútbol por un período de tiempo determinado”, agregó el abogado sobre las posibles sanciones.

Además, complementó con que “hay un catálogo de sanciones y esa podría ser una de ellas. O bien puede ser una suspensión de las actividades relacionadas con el fútbol por un período de tiempo que determinará la Comisión de acuerdo con los antecedentes que se aporten en el proceso. Si es que, finalmente, se determina que es aplicable una sanción”.

Finalmente, sostiene que “habría que revisar los antecedentes para ver si, efectivamente, en su calidad de intermediario ha participado o tiene intereses directos o indirectos en organizaciones o empresas que se dedican a estos juegos de apuestas. Esa normativa existe, el Código de Ética así lo establece. Este código está en la página de la FIFA, está vigente, por más que haya sufrido algunas modificaciones (artículo 26 inciso 2). Existe un Comité de Ética de la FIFA que aplica esta normativa. Eventualmente, se puede apelar a las decisiones que adopten. Incluso se puede llegar al TAS. Así está establecido en el Código de Ética de la FIFA”,

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