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Dos temas considerados como clave fueron resueltos este miércoles por el pleno de la Convención Constitucional, en la votación del informe de la comisión de Derechos Fundamentales. Uno de ellos es el que consagra el derecho a las tierras indígenas, que además les otorga especial protección, mientras que el otro es el relativo a la indemnización por expropiación. Ambos generaron visiones contrapuestas entre los convencionales. En el caso del primer punto, se aprobó, por 106 votos a favor, 37 en contra y 10 abstenciones, que “el Estado reconoce y garantiza conforme a la Constitución, el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos”.

También señala que “la propiedad de las tierras indígenas goza de especial protección. El Estado establecerá instrumentos jurídicos eficaces para su catastro, regularización, demarcación, titulación, reparación y restitución”. “La restitución constituye un mecanismo preferente de reparación, de utilidad pública e interés general”, añade el texto aprobado, y concluye: “conforme a la constitución y la ley, los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios y sean indispensables para su existencia colectiva”. Tras conocerse el resultado de la votación, la convencional Natividad Llanquileo, de escaños reservados, destacó que fue “una propuesta por los diferentes pueblos originarios, fue levantada y trabajada por los distintos colectivos a fin de obtener los dos tercios. Fue un trabajo muy consensuado, muy difícil también porque sabemos que este tipo de normas no son fáciles. A los pueblos originarios nos ha tocado difícil”. En tanto, Isabel Godoy, del Pueblo Colla, indicó que “no ha sido fácil para los pueblos indígenas. Aquí todos los pueblos hemos sido invisibilizados, nuestros territorios han sido fiscalizados, han sido privatizados. Y hoy vemos la oportunidad de que una norma que garantiza recuperar nuestra tierras, nuestros territorios, para todos los pueblos por igual, en buena hora serán recibidos. Y hoy le comento a todos mis pueblos, lo hemos logrado, lo hemos conseguido, nuestros problemas se van a resolver por la unión de nuestro pueblo”. “Ahora nos queda esta segunda etapa y es que esta norma se lleve en la práctica a través de una ley que podrá regularla y que todos los pueblos podamos recuperar las tierras, los territorios y los recursos”, complementó Godoy. Reclamo de Vamos por Chile Luego del respaldo de la norma, desde Vamos por Chile manifestaron sus reparos. Al respecto, la convencional Ruth Hurtado, de Chile Libre, expresó que “con lo aprobado en el pleno hoy día en el informe de la comisión de Derechos Fundamentales, queda expreso que esta constitución es indigenista y separatista, que entrega más derechos y más privilegios a los pueblos indígenas por sobre el resto de todos los chilenos”. A su juicio, “lo único que va a hacer es ramificar al resto del país todo lo que pasa con las usurpaciones y el problema de la violencia a todo el país, y ahora a través de un derecho constitucional, que ningún ciudadano chileno se podrá oponer a esta norma si se llega a aprobar esta propuesta de constitución que sólo establece derechos para unos y no para todos”.

Arturo Zúñiga, en tanto, expresó que “esto implica que el 80% de nuestro territorio y las familias que viven en el podrán ser desalojadas de sus hogares ya que están en territorio que hace 200 años fue territorio indígena. Esto se suma a la autonomía territorial indígena, al sistema judicial indígena, al autogobierno indígena y los escaños reservados para indígenas, consolidando la Convención indigenista y separatista. Muy lejos de la que serviría para unir al país y ser la casa de todos”. Mientras que Paulina Veloso indicó: “¿No se podía reconocer el derecho de propiedad de todas las personas? ¿Por qué seguimos con protecciones especiales? Después no le echen la culpa a la derecha por el rechazo transversal a esta propuesta de Constitución”. Expropiación con “pago justo” Respecto a la expropiación, ya es había aprobado que “ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino en virtud de una ley que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o interés general declarado por el legislador”. Sin embargo, esta jornada se agregó que “el propietario siempre tendrá derecho a que se le indemnice por el justo precio del bien expropiado”, situación que generó rechazo de parte de la derecha, que consideran que el monto puede ser ambiguo.

Además, se visó que “el pago deberá efectuarse de forma previa a la toma de posesión material del bien expropiado y la persona expropiada siempre podrá reclamar de la legalidad del acto expropiatorio, así como del monto y modalidad de pago ante los tribunales que determine la ley”. Al respecto, el convencional de Vamos por Chile Manuel José Ossandón dijo lamentar “la norma de expropiación que se acaba de aprobar. Tiene varios defectos, en primer lugar establece un precio justo que el día de mañana se puede regular a través de una ley que podría dejar sin ningún efecto la justicia de dicho precio, podría estar totalmente apartado del valor de mercado (…) Entonces evidentemente esta es una norma coja. Por su parte, su par Bernardo Fontaine señaló que “esta norma de indemnización no protege a los ciudadanos contra el abuso de cualquier gobierno que quiera expropiarlos, porque establece una indemnización pagando un precio justo. La pregunta es justo para quién. ¿Para el que expropia? ¿Para el Estado? ¿Para el que tiene la propiedad? Y qué pasa si una ley dice que ese precio justo es un mal precio el día de mañana”. Por contraparte, el coordinador de la comisión, César Valenzuela, del colectivo socialista, defendió que con esta normativa “se finaliza el robustecimiento del derecho de propiedad, la protección que nuestra Constitución le va a otorgar”. “Esta es una norma que obliga al Estado a pagar el precio justo sobre el valor del bien expropiado, al mismo tiempo señala que este pago debe efectuarse en forma previa a la toma de posesión material del bien expropiado, y finalmente también se establece una garantía jurisdiccional, es decir la posibilidad de que las personas puedan reclamar ante los tribunales acerca de la legalidad del acto expropiatorio, el monto o su modalidad”, valoró.

Fuente: Emol.com

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