PEDRO CERDA/AGENCIAUNO
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La Corte Suprema rechazó el recurso de queja pero actuando de oficio confirmó la multa de 200 unidades tributarias anuales aplicada por el Consejo Nacional de Televisión a DirecTV Chile Televisión Limitada por exhibir en horario de protección una película calificada para mayores de 18 años.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros María Eugenia Sandoval, Ricardo Blanco, Arturo Prado, Julio Miranda y Juan Manuel Muñoz Pardo– confirmó la sanción aplicada a la empresa de televisión satelital por la emisión del filme: “Above the Law. Nico”, en horario matinal, el 27 de abril de 2017.

De acuerdo al fallo se estableció que hubo una “infracción a las normas ya transcritas, cometida por Directv Chile Televisión Limitada” al emitir dentro del horario de protección una película calificada para mayores de 18 años.

La resolución agrega que: “en este orden de ideas, de ser efectivas las circunstancias esgrimidas por la empresa, relativas a la imposibilidad de editar los programas exhibidos, a la herramienta de control parental que tiene a disposición de los contratantes y otras que expone en su escrito de apelación, ellas sólo permitían aplicar, dentro del rango legal, una multa menor, pero nunca una sanción distinta a la expresamente establecida por el legislador para este tipo de infracciones”.

“En consecuencia, al haber aplicado incorrectamente los jueces recurridos las normas expresas relativas a la sanción legal consagrada por el legislador para la infracción que se acreditó como cometida, esta Corte corregirá de oficio dicha situación”, añade el fallo.

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