PABLO OVALLE ISASMENDI/AGENCIAUNO
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La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a las empresas Agencia de Inversiones y Espectáculos Dublín S.A. y Feria del Ticket S.A. cancelar el concierto que daría en Chile el cantante mexicano Cristián Castro el año 2012.

En específico, se acusó a ambas empresas de infringir la ley de protección de los derechos de los consumidores, por la cancelación del show y no devolver el monto de las entradas.

La Primera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, el 27 de abril pasado.

En fallo unánime se dejó constancia “de la imposibilidad de determinar el precio pagado por cada una de las entradas compradas para el evento, precisando que, para los efectos de acreditar dichos valores, la parte demandante acompañó un documento bajado de Internet que da cuenta de la capacidad del recinto, dividiendo las butacas en cancha, platea central, platea lateral, palco, gradería segundo nivel y gradería tercer nivel y señala el número de asientos correspondientes a cada una de las categorías, las que sin embargo no coinciden con las localidades efectivamente vendidas que llevan por nombre palco, diamante, platinum, golden, platea baja central, baja lateral y alta, sin indicar el número de butacas correspondientes a cada clase”.

En la misma línea, se agrega que la “información tampoco puede ser extraída de los reclamos ingresados en Sernac, puesto que no son claros en la materia”.

Asimismo, se recalca que “la prueba rendida respecto de las localidades vendidas y sus precios es imprecisa, lo que se ve acentuado con el hecho de no haberse acreditado la venta de la totalidad de las localidades del teatro, sino que solo un 80%, como se verá más adelante, siendo este otro factor de incerteza en la necesaria determinación que se debe hacer por esta sentencia en materia de perjuicios’. En vista de tales dificultades probatorias, los jueces del mérito deciden considerar como valor pagado aquél correspondiente a la entrada de menor precio, esto es, la suma de $16.500″.

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