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El Gobierno prepara la mayor reforma al régimen de sociedad conyugal en 30 años, para terminar con el régimen matrimonial en que el hombre administra todos los bienes y tiene el carácter de “jefe”. Con el cambio propuesto, ambos cónyuges pactarán quién será el administrador

El proyecto respectivo se encuentra en tramitación en el Congreso hace años, pero el 20 de marzo pasado el Gobierno de Sebastián Piñera le dio urgencia simple, es decir, una discusión de no más de 30 días. La iniciativa está en segundo trámite legislativo en el Senado.

La Tercera destaca que la reforma ha tenido una espera de más de siete años y propone que los cónyuges elijan y pacten quién administrará la sociedad conyugal.

“Lo que se plantea es darle la posibilidad a la mujer, al hombre o los dos, una facultad que actualmente solo la tiene el marido”, declaró al diario Gabriel Muñoz, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana (CAJ).

Según La Tercera, esa decisión podrá realizarse antes, durante o después de la celebración del matrimonio. Si ninguno se manifiesta por esa alternativa, el proyecto indica que la sociedad conyugal será administrada por ambos.

El abogado de la CAJ explica que el cambio que se busca es parcial. “Con ese proyecto no se busca modificar en sí mismo el régimen, sino modificaciones menores referentes a la administración, que no lo deja exclusivamente al marido, como ocurre en la actualidad, es darle también la oportunidad a la mujer”. El régimen va a seguir funcionando en su esencia, agrega.

Por su parte, Francisco Maffioletti, académico del Magíster en Psicología Jurídica y Forense U. Diego Portales, señaló que se trata de una serie de cambios sociales en la forma de concebir los roles y capacidades del hombre y de la mujer como equivalentes.

“Cabe recordar que recién en 2015 se transformó el antiguo Servicio Nacional de la Mujer en el actual Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, haciendo de este tema una política de Estado”, expresó a La Tercera.

Es una modificación que viene a corregir una arbitrariedad, “en tanto, seguía existiendo una definición legal a priori que le entregaba al hombre la administración de los bienes, cuando resulta una definición que no se ajusta a las actuales definiciones y construcciones culturales de lo que significa ser hombre o mujer hoy”, añadió.

El Estado fue llevado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos por este tema en 2007, recordó Fabiola Lathrop, académica de Derecho Civil de la U. de Chile. . “Se llegó a un acuerdo en la causa y se acordó que se iban a realizar los cambios al régimen y eso nunca ha ocurrido”, dijo.

“Hoy, la mujer lucha por la eliminación de las brechas salariales, por el reparto de las responsabilidades en la casa, entre muchas otras cosas, y aún existe este régimen matrimonial basado en una discriminación arbitraria, en una época en que la mujer era considerada incapaz, esta es una demanda histórica”, señaló Lathrop al diario.

En 2006, el 60,3% de quienes se casaron en Chile escogieron la sociedad conyugal como régimen matrimonial. Datos del Registro Civil e Identificación muestran que del total de matrimonios en 2017 (63.921), el 53,9%(31.493) optó por ese modelo. Contrariamente, los enlaces bajo separación total de bienes pasaron de 37,2% a 43,7% en el mismo periodo.

Sin embargo, resalta La Tercera, la sociedad conyugal continúa como la opción más elegida. Supera a las otras alternativas que la legislación chilena contempla, como la separación total de bienes (43,7% en 2017) y participación en los gananciales (2,31% en 2017).

La última modificación, concluye la publicación, fue en 1994, con la Ley 19.335, que creó el régimen de participación en los gananciales, que se puede pactar antes de la celebración de la boda, al momento de ella o durante el matrimonio.

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