PABLO OVALLE ISASMENDI/AGENCIAUNO
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El acoso sexual no existe como delito en la legislación chilena –sí el abuso sexual- y sólo está restringido como falta grave al ámbito laboral, que lo sanciona con indemnizaciones, despidos o autodespidos. La diferencia entre uno y otro está marcada por el contacto físico.

La información aparece hoy en La Tercera, que consigna que el acoso sexual es un tema que recién se consideró a mitad de la década de los 70 en EE.UU., primer país en legislar. En Chile, recién en 2005 la legislación contempló la definición y disposiciones sobre el acoso sexual, pero solo en el ámbito del trabajo (Ley N° 20.005).

La norma definió acoso sexual como una acción en que una persona -hombre o mujer – realiza en forma indebida y por cualquier medio requerimientos de carácter sexual, no consentidos por la persona afectada -hombre o mujer- y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.

No se encuentra limitado a acercamientos o contactos físicos. Se entiende, legalmente, como cualquier requerimiento de carácter sexual indebido, el que puede ser por cualquier medio e incluye propuestas verbales, correos electrónicos, cartas o misivas personales.

La diferencia con el abuso sexual es que éste sí está tipificado como delito, explica Joanna Heskia, de Espinoza y Heskia Abogados.

“Es un delito perseguible por vía del Ministerio Público y tribunales penales”, declaró a La Tercera. Y aquí, a diferencia del abuso, “se requiere de fuerza o intimidación o de que la víctima esté privada de sentido”, aunque reconoce que a veces es muy difícil de probar.

La pena es de presidio mayor en su grado mínimo, es decir, entre cinco años y un día a 10 años, mientras que la violación va de los 10 años a los 15 años.

En el caso del acoso, explica María Elena Santibáñez, directora del Departamento de Derecho Procesal de la U. Católica, “solo se trata de conductas sancionadas por el Código del Trabajo, que contempla un protocolo para denuncias que da lugar a indemnizaciones o despido si es por parte de otros pares, o puede haber indemnizaciones en el caso de que sea de parte de un jefe, que puede dar lugar a un autodespedido y que se le indemnice con creces”.

Mailen Parodi, abogada de Corporación Humanas, explica que se reconoce como acoso sexual vertical cuando es un superior el que la ejerce, y se habla de horizontal cuando es entre compañeros. “Por el sistema patriarcal, la mayor cantidad de víctimas son mujeres”, dice.

El actual ordenamiento jurídico considera esas conductas constitutivas de delito solo en el ámbito laboral, dice Santibáñez. “Hay un vacío respecto de acoso sexual que no tienen lugar en ese espacio, por eso hay un proyecto sobre el acoso callejero”. En marzo de 2015 se presentó al Congreso el proyecto de ley de respeto callejero, y desde el año 2016 está en segundo trámite constitucional en el Senado.

Un criterio para entender el acoso, agrega Parodi, es que este no implica un contacto corporal entre acosador y acosado, y el abuso sí. “Pero el acoso sexual no existe jurídicamente hablando, por lo que no se pueden establecer legalmente las diferencias, dependería de si existiera una figura legal que lo definiera”.

A la hora de denunciar el acoso sexual, el Código del Trabajo establece que la persona afectada puede recurrir al empleador directamente o bien a la Inspección del Trabajo. En el primer caso, el empleador puede iniciar una investigación interna que no podrá extenderse más allá de 30 días, o bien, dentro de los cinco días remitir los antecedentes a la Inspección. Si esta última se hace cargo, en el mismo plazo, debe comprobar la veracidad de los hechos y establecer. Finalizada la investigación, las conclusiones son notificadas al empleador, al denunciante y al denunciado, y se establece la sanción.

En el caso de un delito sexual, la denuncia se puede realizar en Carabineros, PDI y en las fiscalías del país. Por eso, en el caso de las denuncias de Herval Abreu y Nicolás López, la Fiscalía Oriente determinó investigar, pues hay sospechas de que puede haber abuso sexual, concluye la información de La Tercera.

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