PABLO OVALLE ISASMENDI/AGENCIAUNO
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El 15° Juzgado Civil de Santiago acogió la excepción dilatoria de incompetencia del tribunal interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en representación del Tribunal Constitucional (TC), respecto de la acción de nulidad de derecho público presentada por 8 diputados del Partido Comunista (PC) en contra de aspectos del fallo de dicho órgano referente al proyecto de ley sobre el aborto en 3 causales.

El Abogado Consejero del CDE, Rodrigo Quintana, afirmó que “con esto se ratifica lo que hemos sostenido en el sentido que, de acuerdo con la Constitución y las leyes, las decisiones del Tribunal Constitucional no pueden ser revisadas por los tribunales ordinarios”.

La acción presentada por los parlamentarios buscaba que el tribunal se pronunciara sobre el fallo del TC, que en dos numerandos de su parte resolutiva declaró la inconstitucionalidad de la expresión “en ningún caso” en el proyecto de ley que introduce un nuevo artículo 119 ter al Código Sanitario, “creando de esa forma la objeción de conciencia institucional en el proyecto de ley sobre despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales”.

La sentencia señala que “el pronunciamiento que se espera de este tribunal –ya sea favorable o no– implicaría sin lugar a dudas examinar la actuación de un órgano que la ley expresamente ha declarado autónomo e independiente de toda otra autoridad o poder”.

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