MARIO DÁVILA HERNANDEZ/AGENCIAUNO
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La Corte Suprema ordenó a la empresa Enel Distribución Chile, cancelar una multa de 17.776 UTM ($856.092.160 al valor actual) aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, por bajos estándares en la calidad del suministro.

La Tercera Sala del máximo tribunal fallo de forma unánime a favor de la sentencia dictada preliminarmente por la Corte de Apelaciones.

Al respecto, la empresa señaló que no les “corresponde comentar o emitir opiniones respecto de sentencias judiciales”, según información de Emol.

En la multa cursada el 28 de diciembre de 2017, la SEC señala a Enel de incumplir con los estándares de calidad de suministro que establece el reglamento, al haber incurrido en más interrupciones de servicio por alimentador que aquellas que admite la legislación.

La empresa alegaba que la acción de la SEC resulta ilegal y arbitraria porque fue dictada sin una justificación precisa del excesivo monto.

En la resolución emitida por la Corte se argumenta que “el reproche actual debe ser más intenso debido a que existió uno anterior que claramente no tuvo la aptitud suficiente para inhibir la realización de la conducta reprochada”.

El fallo también señala que dada la naturaleza de servicio básico que tiene el suministro de electricidad, que el actuar de Enel “evidentemente genera perjuicio a todas aquellas personas que se vieron privadas del mismo por un tiempo mayor al permitido por la normativa vigente”.

“Desde la perspectiva del beneficio económico obtenido con la infracción, se deben considerar los gastos que la empresa se ahorra al no invertir recursos suficientes para ajustar sus instalaciones a los estándares de calidad que deben proporcionar”, explica la Corte

También, menciona una “falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones, siendo la empresa sancionada reiteradamente por la misma infracción en años anteriores”.

Explicaron que la multa equivale al 1% de las utilidades que Enel obtiene en un año por el servicio que presta, encuadrándose dentro de los rangos establecidos por el legislador.

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