Foto:PEDRO CERDA/AGENCIAUNO
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La Corte Suprema acogió, durante la mañana de este miércoles, un recurso de casación, ordenando cambiar el sexo registral en concordancia con la identidad de género del recurrente.

En un fallo dividido se revocó la sentencia impugnada, dictada de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había accedido solo al cambio de nombre registral solicitado, tras establecer que se vulneran los derechos fundamentales de las personas transexuales al mantener el sexo registral, pese a su identidad de género diverso.

La persona que no fue individualizada, se casó, tuvo dos hijos y posteriormente se divorció.

“Los derechos de las personas LGBTI de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dentro de los contenidos de la identidad de género, se incluye ‘el transgenerismo’, situación que, en esencia, significa para la persona la no conformidad entre su sexo biológico y la identidad de género que le ha sido tradicionalmente asignada a ésta” dice el fallo.

La resolución agrega que “esta discordancia entre la identidad de género de una persona y su sexo biológico, en lo que consiste la transexualidad, implica para aquella estar en una situación que muchas veces le provoca una grave angustia, por ejemplo, al no contar con un documento de identidad que sea coherente con su apariencia externa, o no tener los medios y/o recursos para someterse a una cirugía de reasignación sexual”.

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