Agencia Uno
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El decreto que establece sanciones a quienes prohíban el acceso a playas, ríos y lagos, ya fue publicado en el Diario Oficial.

El artículo señala que “una vez fijadas las vías de acceso de conformidad al inciso anterior, el propietario, arrendatario, tenedor u ocupante del terreno colindante no podrá cerrarlas ni obstaculizarlas de ningún modo”.

“En caso de contravención, el infractor será sancionado con multa a beneficio fiscal de 10 a 100 unidades tributarias mensuales. En caso de reincidencia, se podrá aplicar una multa equivalente al doble del máximo establecido”, añade el texto.

En ese sentido, las multas para quienes nieguen el acceso libre a las playas de Chile irán desde los $483.050 y $4.830.500.

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