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La defensa pública de Marco Enríquez-Ominami informó que la fiscal Ximena Chong aclaró que la mención del avión facilitado por la empresa brasileña OAS, para la campaña presidencial de 2013, sólo tiene objetivos de contexto en la acusación y no de imputación penal.

Este fue uno de los principales puntos de debate en el primer día de preparación de juicio oral que se desarrolla en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. ME-O es representado por el defensor regional metropolitano Norte, Carlos Mora; el jefe de Estudios, Octavio Sufán, y el abogado Cristián Marín.

La aclaración surgió tras una solicitud de los defensores públicos de ME-O, quienes plantearon que la facilitación de un avión para los traslados del candidato no es parte de la imputación y, por consiguiente, no era procedente incluirla en la acusación de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte.

Carlos Mora argumentó que no resultaba razonable que el núcleo de la acusación de la fiscalía por el delito de fraude de subvenciones se centrara en el avión, en circunstancia de que cuando el administrador electoral de ME-O, Carlos Muñoz, hizo su rendición ante el Servicio Electoral (Servel) para el reembolso de gastos, nunca declaró costos por concepto de uso de la mencionada aeronave.

El defensor regional dijo esperar que la cuestionada frase no significara un intento de la fiscalía de reabrir una investigación relacionada con el avión, lo que sería una clara vulneración del principio jurídico de la única persecución.

La preparación del juicio oral es presidida por el juez Cristián Sánchez. Junto a la fiscal Chong estuvieron como querellantes abogados del Consejo de Defensa del Estado (CDE) y del Servicio de Impuestos Internos (SII).

El abogado particular Pelayo Vial, en tanto, representa a Cristián Warner, ex asesor de comunicaciones de ME-O y único imputado por delitos tributarios.

En esta primera jornada se corrigieron vicios formales contenidos en la acusación, los que fueron representados por las defensas y acogidos por el tribunal. Fue el caso de la eliminación de ME-O de la sindicación por delito tributario, por estar ya sobreseído.

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