Aton Chile
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Fueron detenidos durante estado de emergencia. El Ministerio Público dice que en la decisión influyeron la irreprochable conducta abterior y la baja pena del ilícito. Abogados resaltan que no debe ser vista como causa ordinaria, ya que el Gobierno se querelló por Ley de Seguridad del Estado.

Luego del estallido social paralelamente se comenzó a desatar una ola de saqueos por toda la Región Metropolitana. Uno de esos casos sucedió en Conchalí el 21 de octubre, cuando pasadas las 18.30 horas de ese día fueron detenidas en flagrancia 26 personas, en un supermercado ubicado en avenida Independencia. De ellos 12 son extranjeros (peruanos, venezolanos, dominicanos y colombianos).

Por lo anterior el Gobierno se querelló por Ley de Seguridad del Estado. La que indica entre sus puntos, entre otras, que es contra quienes destruyan, paralicen servicios públicos o de utilidad pública de actividades como las comerciales.

El 25 de noviembre ingresó al 2° juzgado de Garantía de Santiago una solicitud del fiscal Ulises Berríos, de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, para fijar “audiencia de salida alternativa” de los imputados: la suspensión condicional.

Desde esa jurisdicción indican que la decisión se debe a la irreprochable conducta anterior de los formalizados y porque se trata de un delito con pena baja (robo en lugar no habitado).

Para los penalistas convocados por el Gobierno, Samuel Donoso, Jorge Bofill y Gabriel Zaliasnik es “una pésima señal”. “Es francamente insólito y un abandno de deberes grave en los momentos que atraviesa el país”, señaló Sanfeliú.

El que recalcó que la señal que está dando la fiscalía es grave. “Está diciéndole a la ciudadanía que stos hechos, los saqueos violentos, donde hemos visto involucradas a bandas de narcotraficantes, no son graves, que no van a ser perseguidas”.

En tanto para Bofill estamos hablando de algo grave. “Es un saqueo masivo cometido por 26 personas durante la vigencia del estado de emergencia, y estas personas fueron detenidas en flagrancia, y ha pasado apenas un mes y el fiscal decide instar por una suspensión condicional del procedimiento, lo que solo puede significar que simplemente no se investigó estos hechos”.

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