Agencia Uno
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Este viernes entró en vigencia la Ley de Identidad de Género que permite a las personas trans a cambiar su nombre y sexo en el Registro Civil.

El trámite se puede realizar desde los 14 años, pero hasta antes de la mayoría de edad, deben presentar un requerimiento ante un tribunal de familia y contar la autorización de, al menos, uno de sus padres. Si se es mayor de edad, solo basta con acudir al Registro Civil.

Cada persona que quiera realizar el trámite debe pedir una hora en alguna de las 420 oficinas del servicio en el país, donde también deberá pedir una audiencia especial en la cual acudirán dos testigos. Luego, es el Registro quien determinará si acoge, o no, la petición de acuerdo a los requisitos legales.

El procedimiento de cambio de nombre es gratuito. Sin embargo, se debe cancelar el monto correspondiente a la nueva cédula de identidad -con el nombre rectificado- o el pasaporte.

La rectificación del sexo y nombre de pila no afecta el número de RUN ni tampoco la titularidad de los derechos y obligaciones patrimoniales del o la solicitante, ni los provenientes de las relaciones del derecho de familia.

La rectificación implica que las imágenes, soportes digitales, datos informáticos u otros con que las personas figuren en registros públicos y privados deberán coincidir con su identidad.

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