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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a R.R.P.C. a las penas de 15 años y 10 años de presidio efectivo, como autor de los delitos reiterados de violación de menor de edad y abuso sexual, respectivamente; en tanto, L.D.P.V. deberá purgar cinco años y un día de presidio, como cómplice del delito de abuso sexual, ilícitos perpetrados entre 2010 y 2015, en la comuna de Alto Hospicio.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Carlos Contreras Velásquez (presidente), Loreto Jara Peña y Moisés Pino Pino (redactor) – aplicó, además, a R.R.P.C. y L.D.P.V. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.

Asimismo, los sentenciados fueron condenados a las penas de interdicción del derecho de ser guardador de menores; la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el plazo de 10 años desde que cumplan la pena principal, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidas en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa o habitual con personas menores de edad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en días y horas no precisados, entre 2010 y agosto del 2015, en reiteradas ocasiones R.R.P.C. abusó y violó a la menor, hija de su conviviente, en forma reiterada, en la residencia familiar. Abusos sexuales que era conocidos por L.D.P.V, madre de la víctima.

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