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Empleadores que obliguen a cumplir labores presenciales a sus trabajadores en medio de cuarentenas o aislamiento social impuestos por la autoridad sanitaria arriesgarían un castigo de hasta 3 años de cárcel y multas de 10 hasta 200 UTM. 

La Comisión de Constitución del Senado continuará este lunes con el estudio del proyecto que modifica el Código Penal para sancionar el incumpliento de la cuarentena u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria.

La iniciativa pretende que los empleadores que incurran en la falta sean sancionados por cada trabajador obligado.

Además, la Comisión aprobó una norma que sanciona a los que salen a la calle sabiendo que están enfermos. 

Por otra parte, se discutirá la norma que multa a organizadores de eventos públicos. En este caso, el solo hecho de crear un grupo de whatsapp para estos fines puede considerarse sancionable.

La iniciativa es analizada por el Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública.

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