Agencia Uno
Comparte

Este miércoles 30 de diciembre será el último día del año en el cual los diferentes bancos atenderán al público en general para los respectivos trámites.

¿El motivo? Según el artículo 38 de la Ley General de Bancos, estas entidades no atienden en el último día hábil del año (31 de diciembre). Esto se conoce como “feriado bancario“.

Así, las distintas compañías banqueras están autorizadas a utilizar y/o disponer de otros canales de atención al público, tales como plataformas digitales, sitios web, call center, etc.

“Cumplir con los requisitos que para su funcionamiento establezca la Comisión, mediante norma de carácter general, dentro de los cuales deberán incluirse elementos tales como los estándares de seguridad de las operaciones que se efectúen por dichos canales y la disponibilidad mínima de los mismos, entre otros”, detalla la normativa vigente.

Dicho esto, deberás programarte de la manera más adecuada en caso de asistir a un banco este 30 de diciembre. Considera, además, las medidas sanitarias producto de la pandemia tales como uso de la mascarilla, distanciamiento físico y aforos limitados.

Últimas Noticias