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La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió el recurso de amparo interpuesto por la Defensoría de la Niñez y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), tras la detención de la menor G.P.C.A., hija del fallecido Camilo Catrillanca.

La resolución ordenó a la Policía de Investigaciones (PDI) abstenerse de realizar cualquier acción arbitraria e ilegal que vulnere los derechos de la niña y de cualquier otro menor, además de dar estricto cumplimiento de lo establecido en las leyes, la Constitución Política y los tratados internacionales.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó íntegramente la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que acogió la acción constitucional.

La sentencia ratificada, adoptada el 28 de enero recién pasado, estableció que “el actuar del personal de la Policía de Investigaciones de Chile que procedió a la detención de la menor sindicada, actúo con fuerza desproporcionada e ilegítima y, aun sin ella, vulneró los derechos constitucionales a la libertad personal y a la seguridad individual de la menor, con infracción de la Constitución Política de la República y de la Convención sobre los Derechos del Niño”.

En este sentido, se ordenó a la PDI abstenerse “de realizar cualquier acción arbitraria e ilegal respecto de la niña ya inicializada y de cualquier otro menor que vulnere los derechos que amparan a todo menor, sometiéndose al estricto cumplimiento de lo establecido en las leyes, en la Constitución Política del Estado y en los Tratados Internacionales”.

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