Agencia Uno
Comparte

Una de las personas que se opuso a que el sacerdote Felipe Berríos ingresara a trabajar como asesor en el Ministerio de Vivienda como parte del programa de campamentos fue la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana.

Si bien el jesuita fue el que finalmente declinó la invitación, su nombre habría causado ruido.

Este martes fue informado una investigación canónica en su contra, luego de una denuncia presentada el 29 de abril por una mujer adulta por presuntos hechos de “connotación sexual”, que habrían ocurrido cuando ella era menor de edad.

En entrevista con “La Mañana de Agricultura”, la ministra Orellana dijo que “yo me enteré de la denuncia como todos, por el comunicado que subió a su página web la Compañía de Jesús, y espero que los hechos sean investigados oportunamente por la Justicia”.

La autoridad, además, espera que sea la justicia penal quien persiga los hechos, porque “me parece que la justicia canónica no le da confianza a la ciudadanía y que aquí tengamos un proceso trasparente y de acuerdo a los estándares actuales de los procesos penales”.

Consultada por qué se opuso a la llegada de Berríos al Ejecutivo, respondió que “tal como señalé en ese momento, yo converso y conversé en ese momento con víctimas de abuso sexual eclesiástico, y no me pareció oportuna su llegada al gobierno

Proyecto de ley sobre responsabilidad parental y el pago efectivo de dudas alimenticias

El 2 de mayo al Gobierno ingresó al Seado con suma urgencia el proyecto de Ley sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deuda de Alimentos.

Según explicó la ministra Orellana, “busca generar un mecanismo de pago permanente de la deuda, mejorar el acceso sobre la información financiera de los deudores y que este proceso de realice con criterios de justicia y dignidad, es decir, que dejemos hablar de estos plazos eternos”.

“De aprobarse la ley, si existe una deuda de pensión de alimento de tres meses impagos o de cinco meses de pago parciales que esté listo para ser cobrada a favor de un hijo o hija, lo que se va a poder hacer es que el tribunal, donde se está viendo la deuda, pueda oficiar a las entidades financieras para que indaguen dónde tiene patrimonio el deudor”, relató.

Aclaró que el alzamiento del secreto bancario ya es una posibilidad, “pero aquí lo que estamos haciendo es acelerar el proceso, porque forma parte de las actuaciones que tiene que hacer de oficio al liquidarse la deuda”.

“En el caso de que no existan fondos en tales instrumentos financieros o sean insuficientes para el pago total de la deuda, la deuda va a poder cobrarse de la cuenta de capitalización individual del deudor, es decir, de su fondos de pensiones“, señaló.

La iniciativa también busca que hayan plazos acotados. En el caso de encontrar cuentas bancarias o instrumentos de inversión a nombre del deudor, el tribunal tendrá un plazo de 48 horas para oficiar a dichas instituciones. Habrán 10 días para informar los saldos y, recibida la información, se propone un plazo de 24 horas para dictar una resolución de pago. Por último, las entidades financieras tendrán 15 días para concretar el pago.

Últimas Noticias