40 horas
Agencia Uno.
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La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeanette Jara, junto a su para la vocera de Gobierno, Camila Vallejo, presentaron este jueves el sello de 40 horas para las empresas.

“Estamos convencidos que efectivamente una hora más al día, va a ser que nuestras vidas sean más amables, que nuestra disposición de tiempo para tener con la familia y para compartir sea una realidad”, sostuvo la titular del Trabajo.

Junto a esto, la secretaria de estado declaró que “el derecho al tiempo libre, es un derecho laboral reconocido internacionalmente“.

“Porque vemos que hay una voluntad explícita, no solamente desde el mundo de los trabajadores y trabajadoras, sino que también de los empleadores que han ido buscando la forma en conjunto con sus organizaciones sindicales, con sus trabajadores, para dar este importante paso en calidad de vida”, manifestó.

Por su parte, la ministra vocera de Gobierno, Camila Vallejo, dijo que “con este sello queremos motivar a otras empresas a poder ir avanzando en la reducción de la jornada laboral, y también demostrar que esto es posible y que no es una locura”.

Cabe precisar que en el sitio web del Ministerio del Trabajo y Previsión Social hay un banner respecto a esta certificación de 40 horas para las empresas que ya poseen este sello o a las que se motiven.

Detalles del sello

¿Qué es la certificación de 40 horas?

La certificación “Sello 40 horas” es un reconocimiento público, de carácter promocional, que otorga gratuitamente el Ministerio del Trabajo y Previsión Social a las empresas de todo tamaño o rubro, que implementen una jornada laboral ordinaria de 40 o menos horas semanales, como una acción concreta de fomento al trabajo decente y al desarrollo de un buen vivir.

¿Por cuánto tiempo es la certificación?

La certificación “Sello 40 horas” será entregada por el periodo de 1 año, pudiendo prorrogarse, previa acreditación de seguir cumpliendo con los requisitos exigidos. Y, podrá quedar sin efecto frente a la pérdida de alguno de los requisitos exigidos, o por su uso indebido.

¿Cuáles son los requisitos?

  1. Tener contratado, conforme a la normativa del Código del Trabajo, a lo menos el 80% de los trabajadores y trabajadoras con una jornada ordinaria que no superen 40 horas ni menos de 30 horas semanales.
  2. No haber sido condenada por vulneración a los derechos fundamentales previstos en el párrafo 6° del Capítulo II del Título I del Libro V del Código del Trabajo.
  3. Estar al día en el pago de las obligaciones previsionales de sus trabajadoras y trabajadores.

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