reforma previsional
Ministra del Trabajo
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La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) resolvió extender por 90 días, a partir de hoy 1 de julio, el Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas que padecen una condición grave de salud (Ley Sanna).

Para ser utilizada esta quinta extensión se debe haber agotado el uso de los días originalmente otorgados por la Ley, así como también los diferentes períodos extendidos con anterioridad con motivo de la pandemia.

Con todo, esta extensión, excepcional y transitoria, solo puede ser usada mientras se encuentre vigente la alerta sanitaria por la pandemia del Covid-19, que el Ministerio de Salud prorrogó hasta el 30 de septiembre de este a año según el Decreto 31 que emitió en marzo pasado la autoridad sanitaria.

La resolución de la Suseso se dio luego de que la Corporación Oncomamás y la Compín Nacional solicitaran a la Subsecretaría de Previsión Social evaluar, por quinta vez, una extensión de los días de permiso contemplados en la Ley Sanna, en el contexto de la alerta sanitaria declarada en el país.

“Luego de ese requerimiento, la Suseso analizó la situación de fuerza mayor que enfrenta el país y la vigencia de la Alerta Sanitaria generada por la propagación del Covid-19, concluyendo que es fundamento suficiente para extender por quinta vez el permiso de la Ley Sanna”, dijo la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara.

“Como Gobierno nos alegramos de esta decisión de la Suseso, que extiende el permiso Sanna para que, en un contexto sanitario que sigue siendo delicado, los niños y niñas que padecen condiciones graves de salud puedan estar acompañados por sus madres o padres”, añadió.

De acuerdo a la Compín, al 22 de junio de este año son 200 las familias que usaron o se encuentran usando la cuarta extensión del permiso Sanna y que han consultado sobre el otorgamiento de un quinto período de acompañamiento en pandemia.

“La extensión del permiso operará en las contingencias de cáncer, trasplante de órgano sólido y de progenitores hematopoyéticos y accidente grave con riesgo de muerte o de secuela funcional grave y permanente”, explicó la superintendenta de Seguridad Social (s), Patricia Soto. Agregó que la “extensión de días excepcionales no operará tratándose de la contingencia ‘fase o estado terminal de la vida’, ya que la duración del permiso en este caso se extiende hasta el fallecimiento del niño o niña”,

Cada niño o niña sólo dará derecho a una extensión de 90 días y no se permite el traspaso de días.

La quinta extensión del permiso Sanna es una medida de carácter excepcional y transitoria, que no reporta gasto fiscal. Son los recursos existentes en el Fondo Sanna, provenientes de las cotizaciones recaudadas y de las utilidades que se generan a través de los distintos instrumentos de inversión, los que permiten cubrir la extensión del permiso.

Ley Sanna

La Ley Sanna es un seguro obligatorio para las madres y padres trabajadores de niñas, niños y jóvenes afectados por una condición grave de salud, para que puedan ausentarse justificadamente de su trabajo durante un período determinado, con el propósito de prestarles atención, acompañamiento o cuidado personal. Durante ese período, el trabajador recibe un subsidio que reemplaza total o parcialmente su remuneración o renta mensual.

Entre las condiciones graves de salud se encuentran el cáncer y los tratamientos destinados al alivio del dolor y cuidados paliativos por cáncer avanzado; el trasplante de órgano sólido y de progenitores hematopoyéticos; los accidentes graves con riesgo de muerte, o secuela funcional grave y permanente; y la fase o estado terminal de la vida, donde no es posible la recuperación de la salud.

También pueden acceder a este beneficio, las personas distintas al padre y a la madre, que tengan el cuidado personal de un niño, niña o joven, según resolución judicial.

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