metro san pablo
Agencia Uno
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La Corte Suprema acogió parcialmente el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Daniel Bustos, quien fue condenado a 12 años por el incendio a la estación San Pablo de Metro de Santiago, ocurrido en octubre de 2019.

En detalle, su defensa presentó un recurso de nulidad y acusó que uno de los artículos del Código Penal por el que había sido condenado estaba derogado. Ergo, el máximo tribunal de redujo la sentencia en dos años, quedando ahora en 10.

“Que en el caso en concreto la norma que aplicaron las sentenciadoras era el antiguo 475 N° 2 que tenía un marco punitivo que iba de presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo, que con fecha 15 de diciembre de 2021 entró en vigencia la Ley 21.402 que derogó el artículo 475 N° 2 y para la misma hipótesis fáctica lo reguló en el actual 476 N° 2, el cual contempla un nuevo marco punitivo que es de presidio menor en cualquiera de sus grados”, mencionó el fallo.

Luego, esgrimieron que “se condena a Daniel Elías Bustos, como autor de un delito de incendio, causado el 19 de octubre de 2019 en la estación del Metro de Santiago San Pablo, Línea 1, de la comuna de Lo Prado, a la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares”.

Por último, desde la Corte Suprema inflamaron que se mantiene el resto de las decisiones contenidas en la sentencia de 9 de abril de 2022, pronunciada por el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

Puedes ver el detalle del fallo en el siguiente enlace

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