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La idea de agilizar los procedimientos judiciales para que los “arrendatarios rebeldes” puedan restituir los inmuebles a sus dueños en casos en que registren morosidad sostenida o daños, contó con el respaldo unánime de los integrantes de la Comisión de Constitución, que aprobó en general un proyecto en esa línea.

La iniciativa cumple su segundo trámite constitucional –que ahora debe ser analizada en general por la Sala del Senado– y busca incorporar la restitución anticipada de inmuebles en juicios precario y de terminación de arrendamiento y de comodato, y que también contempla un procedimiento monitorio más simple para el cobro de rentas.

Cabe recordar que la idea matriz o fundamental del proyecto consiste en establecer un procedimiento más rápido para que el arrendador pueda, en los supuestos y con los requisitos que el proyecto establece, recuperar el bien raíz arrendado a lo que se agrega obtener el pago de las sumas que por concepto del contrato de arrendamiento se le adeudan.

En este sentido, el proyecto propone modificar la regulación contemplada en el Código de Procedimiento Civil, con el fin de incorporar una nueva medida precautoria: la restitución anticipada de un inmueble, sin previo desahucio; y la incorporación de un artículo que contiene hipótesis especiales de procedencia de la nueva medida precautoria.

Agencia Uno

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