En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción constitucional en representación de 23 ciudadanos cubanos, a quienes al solicitar que se les otorgara refugio, la Gobernación de Arica les informó que no podía realizar dicho trámite “por instrucciones de sus superiores jerárquicos ubicados en Santiago”.
“La Gobernación debió recepcionar la petición de los actores para dar inicio al trámite de reconocimiento de su condición de refugiado, lo que no ocurrió, vulnerando con ello la garantía constitucional de igualdad ante la ley”, sostiene el fallo.
Asimismo, en la resolución se dejó constancia que no puede ejecutarse un decreto de expulsión “mientras se encuentren pendientes los recursos administrativos y/o judiciales que se puedan ejercer por los interesados”.
Finalmente se indica en el fallo que la Gobernación de Arica debe formalizar la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.
CH / Aton Chile