Contraloría
Agencia Uno
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Un dictamen de la Contraloría General de la República sobre el denominado Caso Enjoy, determinó que la Superintendencia de Casinos de Juegos no se ajustó a derecho al permitir prorrogar los plazos para ejecutar obras e inversiones en los casinos municipales de la Región de Valparaíso.

El 30 de enero de este año vencía la fecha de inicio de operaciones del Casino Enjoy, de no cumplirse con las obras comprometidas en el contrato, se podía cobrar una millonaria garantía. Sin embargo, un día antes, la Subsecretaría de Hacienda emitió el Decreto 77 que permitía una prórroga y beneficiaría solamente a Enjoy y sus operaciones en Viña del Mar, Coquimbo y Puerto Varas.

Al tomar conocimiento, en febrero, el diputado Andrés Celis, miembro de la Comisión Investigadora de Casinos de Juegos, envió un oficio al ente contralor, solicitando iniciar una auditoría por la decisión de la SCJ de suspender el cobro de las garantías sin tener el visto bueno de la Contraloría.

“En atención a las consideraciones anotadas, la SCJ no se ajustó a derecho al suspender el procedimiento de verificación del cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios para el inicio de operación del casino en cuestión(…)”, sentenció Contraloría en el informe dado a conocer esta semana y en el que se anunció una auditoría en ese aspecto y a todo el proceso de licitación de casinos.

Sobre el presidente Sebastián Piñera, el Decreto 77 y un posible conflicto de interés por tres entidades que administran sus dineros y tendrían inversiones en acciones y pasivos de Enjoy, la Contraloría aseguró que “no existen elementos objetivos para que se configure un conflicto de interés con ocasión de la dictación del Decreto 77, por lo que no se advierte una infracción al principio de probidad administrativa”. Se detalló, eso sí, que no se tuvo acceso al contrato de mandato referido y que en la medida que el Presidente no haya tenido conocimiento efectivo de la inversión de sus activos, no resultaba exigible a esa autoridad abstenerse de ejercer atribuciones propias de su cargo.

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