Karin Pozo/Aton Chile
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de protección presentados por vecinos de Til Til en contra de la empresa KDM, por las operaciones del relleno sanitario Lomas Los Colorados en la comuna.

En fallos unánimes, la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mauricio Silva, Jessica González y el abogado (i) Óscar Torres– rechazó las acciones cautelares presentadas por la operación del relleno sanitario y la llegada de residuos desde la comuna de Puente Alto.

La corte resolvió que la materia de los recursos “se aleja del objeto de la acción de protección, por mucho que se planteen garantías constitucionales protegidas en la Carta Fundamental”, y en ese sentido menciona las atribuciones de la Superintendencia del Medio Ambiente en el tema.

El tribunal destaca que la superintendencia “tiene por objeto ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las resoluciones de Calificación Ambiental, de las medidas de planes de prevención, y, o de Descontaminación Ambiental, del contenido de las normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, y de los Planes de Manejo, cuando corresponda, y de todos aquellos otros instrumentos de carácter ambiental que establezca la ley”.

Añade que sus funciones y atribuciones son las de “suspender transitoriamente las autorizaciones de funcionamiento contenidas en las RCA o adoptar otras medidas urgentes y transitorias para el resguardo del medio ambiente, cuando la ejecución u operación de un proyecto o actividad genere un daño grave e inminente para el medio ambiente, a consecuencia del incumplimiento grave de las normas”.

Por lo mismo, la corte destaca que “corresponderá exclusivamente a la Superintendencia del Medio Ambiente el ejercicio de la potestad sancionadora respecto de las infracciones que señala, entre las cuales, el incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental”.

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