MARCELO SEGURA/AGENCIAUNO
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La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió los recursos de amparo y reconoció el derecho a libertad condicional de cinco ex agentes condenados por violaciones a los Derechos Humanos, recluidos en los penales de Punta Peuco y Colina 1.

El máximo tribunal establece en sus fallos que “se revocan las resoluciones que habían negado el beneficio a los condenados Gamaliel Soto Segura, Manuel Pérez Santillán, José Quintanilla Fernández, Hernán Portillo Aranda y Felipe González Astorga, respectivamente; tras establecer que los amparados cumplen con los requisitos legales para acceder a la libertad condicional y que no existe impedimento en la legislación internacional para denegar dicho derecho a los condenados por crímenes de lesa humanidad”.

Además, se señala que “las Convenciones suscritas por Chile en materia de Derechos Humanos no impiden reconocer a los condenados su derecho a reincorporarse a la sociedad mediante mecanismos como el de la Libertad Condicional”.

Finalmente, se recalca que no se desconoce la particular gravedad de los crímenes cometidos por los condenados, pero no resulta razonable considerar nuevamente este argumento para negar de manera absoluta el acceso a la libertad condicional si se han respetado todos los estándares que el derecho internacional ha demandado para tal efecto.

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