FOTO: JAVIER VALDES LARRONDO /AGENCIAUNO
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El 30° Juzgado Civil de Santiago acogió una demanda presentada en contra de la empresa Comercializadora Santa Lucía S.A. por denegar el acceso a una clienta transgénero a uno de sus locales.

Se condenó a pagar una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), y a capacitar a los trabajadores del bar “El Túnel” y a los representantes de la sociedad sobre la norma que sanciona la discriminación arbitraria.

Desde la empresa se defendieron, argumentando que los demás clientes podrían sentirse incómodos ante el hecho de ocupar el baño con alguien que fisiológicamente es de distinto sexo.

Sin embargo el fallo argumenta que “es admisible el argumento no solo porque se refiere a un actuar de terceros meramente eventual, sino que porque además un hipotético rechazo de tales ribetes, lejos de obedecer al ejercicio de un derecho, sería manifestación de una falta de tolerancia elemental que cualquier persona debiera observar al concurrir a un lugar público”.

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