HÉCTOR ANDRADE/AGENCIAUNO
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El machi Celestino Córdova había recibido una sanción de 5 días de suspensión de visitas, por parte del alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco. El tribunal ordenó dejar sin efecto la sanción.

Este viernes, el Juzgado de Garantía de Temuco ordenó al alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad dejar sin efecto la sanción disciplinaria que aplicó al machi Celestino Córdova Tránsito, quien cumple condena por el crimen del matrimonio Luchsinger Mackay.

La sanción, que consistía en 5 días de suspensión de visitas, se debió a que el 15 de noviembre, un día después del homicidio de Camilo Catrillanca, un grupo de internos mapuches –incluido Córdova- se subió al techo de la cárcel de Temuco, como una forma de protesta.

Según el magistrado Mauricio Torres, la sanción se debe eliminar, pues se estableció que la institución penal vulneró el debido proceso administrativo, estipulado en el reglamento de los establecimientos penitenciarios.

Sobre la sanción, el magistrado cree que “en su imposición se ha vulnerado el debido proceso administrativo, por cuanto existiendo una relación de derecho público entre el justiciable y el estado, el obrar de sus órganos y agentes ha de ceñirse estrictamente a la constitución y las leyes respetando en todo caso los derechos y garantías establecidos en favor de todo ciudadano dentro de los cuales sin duda se encuentra el debido proceso administrativo, por lo cual en tales condiciones acogiendo la cautela de garantías enderezada por la defensa será dejada sin efecto, de la misma manera que los efectos perniciosos que de ella fluyen como se dirá a continuación (…)”, explica el fallo.

Cabe recordar que Celestino Córdova cumple una condena de 18 años de presidio, como autor del delito consumado de incendio con resultado de muerte del matrimonio de Werner Luchsinger Lemp y Vivian Mackay González.

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