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La Corte Suprema confirmó la legalidad de la ordenanza municipal de la comuna de Las Condes que prohíbe fumar en las plazas y parques de la comuna, tras rechazar de manera unánime un recurso presentado por el ex candidato presidencial Tomás Jocelyn-Holt.

Jocelyn-Holt presentó el recurso ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el que fue acogido en junio pasado por el tribunal.

Tras ello, el alcalde de Las Condes, Joaquín Lavín, recurrió a la Suprema para que mantenga la ordenanza municipal tal como fue publicada por el municipio.

De esta forma, este miércoles la Suprema resolvió que la ordenanza no viola el derecho constitucional al debido proceso ya que “existe una amplitud de prueba para la acreditación de los hechos infraccionales y que dichas probanzas serán analizadas conforme a las reglas de la sana crítica”.

“El municipio ha sido estricto en limitar racionalmente el espacio de autonomía constituido por la libertad de fumar; esto es, no se ha impedido fumar en términos generales, sino únicamente en ciertos lugares cuya cabida no permite asegurar que otras personas no se vean expuestas a la afectación de sus derechos”, indica el fallo.

Esta ordenanza comenzó a regir el 1 de noviembre de 2018.

“Nos alegramos de la decisión de la Corte, que fue categórica, 5 a 0, todos los jueces a favor de esta ordenanza que busca que respetemos el espacio del otro”, manifestó a Emol Joaquín Lavín.

La ordenanza, que consideraba zonas exclusivas para fumadores en aquellos parque que tuvieran más de una hectárea, considera multas de hasta 5 UTM (más de $240 mil).

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