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La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al cadete Ariel Miranda Sanhueza, de la Escuela de Aviación “Capitán Ávalos” de la Fuerza Aérea (FACH) a la pena de 21 días de presidio en calidad de autor del delito de guarda ilegal por personal militar de sustancias psicotrópicas prohibidas.

En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Andrea Muñoz, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y el auditor general del Ejército Rodrigo Sandoval– confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte Marcial de Santiago.

La resolución consigna que una caja metálica con sustancia ilícita en su interior, en este caso marihuana, “se le cayó del bolsillo al cadete de primer año Ariel Miranda Sanhueza, en dependencias de la Escuela de Aviación Capitán Manuel Ávalos Prado”.

El fallo añade que los sentenciadores han interpretado correctamente la ley al encuadrar los hechos incriminados en el artículo el artículo 14 inciso 4° de la Ley 20.000, en relación con el artículo 5 N°3 del Código de Justicia Militar”.

Todo lo anterior conduce a afirmar que no se han cometido las transgresiones de ley que sirven de soporte a este segmento del arbitrio, por lo que el presente capítulo del recurso de casación tampoco puede prosperar“, concluye.

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