ME-O
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Este jueves la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó que acogieron a trámite el recurso de protección que fue presentado formalmente por la defensa Marco Enríquez-Ominami en contra del Servel. Dicho recurso buscaría que el ex candidato presidencial recupere sus derechos políticos y ciudadanos. Esto luego de que se les hayan revocado por sus acusaciones en el caso SQM.

Según la resolución de la corte, “atendido el mérito de los antecedentes, los argumentos esgrimidos y tomando especialmente en cuenta los datos que fluyen de la impresión de pantalla y comunicación por correo electrónico que se adjuntan al libelo de recurso, se acoge la reposición, y en consecuencia se deja sin efecto la resolución de diez de junio pasado”.

Debido a esto, la primera sala además solicitó al Servel un informe con todos los antecedentes pertinentes sobre el caso, los cuales deberán ser entregado en un plazo de 5 días.

En el documento también se indica que no se le permite “al señor Enríquez-Ominami Gumucio a la inscripción de su candidatura a primarias para la nominación al cargo de Presidente de la República por el Partido Progresista de Chile, ni a ningún otro cargo de elección popular en elecciones directas -en especial, el de Presidente de la República-, por considerar erróneamente que el recurrente, supuestamente, habría perdido la calidad de ciudadano con derecho a sufragio”.

De esta forma, en el escrito además se argumenta que “desde hace más de 4 años que nuestro representado es objeto de una investigación penal por parte del Ministerio Público, por hechos que ocurrieron entre 11 y 6 años atrás y hace más de 2 años que se encuentra con su derecho a sufragio suspendido, sin que, a la fecha, éste haya sido sometido a un juicio oral”.

En esa línea, ME-O asegura que no necesita “querer ser candidato para pelear por mis derechos políticos”, resaltando además que “es una pelea justa”.

“Quiero tener los derechos que tiene cualquier ciudadano y es injusto que me los quiten de un día para otro sin respetar mi derecho a la presunción de inocencia ni menos, a ser juzgado en un plazo razonable”, finalizó.

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