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La Corte Suprema decretó que todos los canales de Televisión abierta deberán integrar subtítulos y lenguaje de señas cuando emitan información relacionada al Covid-19, esto durante los bloques informativos.

Con esta medida, se busca que la población que tenga algún tipo de discapacidad auditiva pueda informarse sin problemas sobre la crisis sanitaria.

En ese sentido, la Corte definió que “restringir el ámbito de aplicación de la ley sin atender a criterios objetivos resulta a todas luces arbitrario e, incluso, priva de eficacia a la modificación legal”

Esto debido a que dicha leu “tiene como objetivo principal facilitar la difusión de la información a las personas sordas en situaciones de catástrofe (…), objeto que no se cumple”.

“Se deben efectuar los máximos esfuerzos en una sociedad inclusiva y solidaria para procurar que los mensajes relacionados con la vida e integridad física y psíquica de las personas lleguen a todos ellos, sin importar sus limitaciones o capacidades especiales”, sostiene la Corte en un documento publicado sobre la decisión.

“Adquiere total relevancia la función social de los medios de comunicación, los cuales deben procurar la máxima inclusión en sus contenidos informativos”, sostiene la entidad.

Sumado a esto, se dispuso que para fiscalizar el cumplimiento de esta orden se encargó al Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis).

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