Matrimonio Igualitario
Agencia Uno.
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La Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) celebra la promulgación en Chile de la ley que reconoce el matrimonio igualitario para todas las personas, sin distinción de sexo, orientación sexual o identidad de género, y destaca la vigencia en el país de la ley que reconoce y da protección a la identidad de género.

Chile, el séptimo país latinoamericano en legalizar el matrimonio igualitario, reafirma -una vez más- su compromiso con los estándares internacionales de derechos humanos en materia de igualdad y no discriminación, al modificar su Código Civil permitiendo que todas las personas puedan acceder al contrato de matrimonio y, con ello, al reconocimiento legal y sin discriminación de los diversos tipos de familias existentes.

La ley que creó el Acuerdo de Unión Civil, promulgada en abril de 2015, fue el primer paso para el reconocimiento y protección de las distintas formas de relaciones sexo-afectivas en Chile. La nueva ley de matrimonio civil fortalece el reconocimiento de los diversos tipos de familias y de sus integrantes, reconociendo que todas las personas, incluidos niños, niñas y adolescentes, son iguales y tienen derecho a la misma protección legal de sus familias.

En materia de filiación, Chile avanza hacia el reconocimiento de niños, niñas y adolescentes integrantes de familias de personas del mismo género. Estas modificaciones al Código Civil permitirán al país dar respuestas a las preocupaciones del Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de marzo de 2018, al incluir disposiciones claras sobre los derechos de filiación para parejas del mismo sexo y permitir que los procedimientos de adopción reconozcan a ambos cónyuges.

La orientación sexual ha sido parte integral del desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos, tanto en los sistemas regionales de protección de derechos como en el sistema de las Naciones Unidas. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) publicó en 2018 la Opinión Consultiva Nº 24 sobre Identidad de género, e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo (24/17) y en el primer caso sobre discriminación por orientación sexual, Atala Riffo y niñas vs. Chile, condenó en 2012 al Estado de Chile.

Por su parte, el sistema universal de derechos humanos en diversas oportunidades ha emitido pronunciamientos sobre los derechos de la población de la diversidad sexual, entre las primeras, mediante las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género de los años 2008, 2009, 2010 y 2011. Asimismo, mediante la Resolución del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, del 26 de septiembre del año 2014, para combatir la violencia y la discriminación por orientación sexual e identidad de género.

La Oficina del ACNUDH felicita al Estado de Chile e insta a sus autoridades a continuar con su compromiso por la igualdad y no discriminación, armonizando su ordenamiento jurídico en sintonía con el principio de interés superior de niños, niñas y adolescentes.

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