La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto que busca regular el consumo, publicidad, comercialización, calidad y seguridad de los cigarros electrónicos y vaporizadores, tengan o no nicotina.
La iniciativa adecua la legislación nacional a los objetivos trazados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), en relación al control del tabaco.
En este sentido, propone agregar advertencias sanitarias y avisos a los recipientes que contengan los líquidos de vapeo con nicotina. Esta advertencia deberá cubrir al menos el 10% de la cara principal del producto.
La iniciativa define su ámbito de aplicación a todas las personas que fabriquen, comercialicen, publiciten, importen, distribuyan suministren o consuman cigarrillos electrónicos.
Incorpora la definición de “Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina y sistemas similares sin nicotina”, estableciendo que son aparatos o equipos electrónicos para calentar una fórmula líquida -eIiquids-, con o sin nicotina que genera un aerosol o vapor que puede ser inhalado.
La norma plantea prohibir la comercialización, ofrecimiento, distribución a menores de edad y/o por menores de edad; y restringe en su publicidad contenidos que transmitan a menores de edad imágenes de éxito, atractivo sexual y/o popularidad frente al consumo de estos productos.
Además, incorpora obligaciones sobre la promoción del producto, mediante información clara, visible y destacada al interior del establecimiento, punto de venta o página web; alertando que está prohibida su venta, compra, uso y consumo por menores de edad y advirtiendo que son sustancias adictivas.
Por último, también prohíbe su consumo en espacios públicos, establecimientos de educación parvularia, básica y media, y de salud.
A la comisión se remitió también una segunda iniciativa, aprobada ya por el Senado, que regula esta materia y prohíbe la venta de cigarrillos electrónicos a menores de edad, y que el grupo parlamentario discutirá en conjunto.