Comparte

El IRPF condenó al FC Barcelona a pagar 23 millones de euros por conceptos de retribuciones a los agentes de futbolistas entre los años 2012 y 2015, luego de que la Sala Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional española rechazara un recurso presentado por los Culés.

Según la Administración, las retribuciones que pagó el Barcelona a los representantes tienen directa relación con el rendimiento en cancha y quedan sujetos a retención al momento del pago, lo que se transforma en una obligación para el club.

Desde Barcelona apuntan que dichos pagos corresponden a una retribución acordada por los servicios prestados por los representantes al club. Sin embargo, el Tribunal explica que “los pagos realizados por el Club lo han sido en nombre y por cuenta de los deportistas, que son los efectivos destinatarios de los servicios prestados por los agentes”.

“La Inspección llega a la conclusión de que la relación instrumentada entre el FCB y los agentes, tan sólo sirve para dar cobertura a los pagos realizados por el Club a los jugadores. Esta apreciación es compartida por la Sala”, añadieron.

El Barca apelará al Tribunal Supremo

Pero no está todo cerrado del todo para el Barcelona, ya que a las pocas horas emitieron el siguiente comunicado en el que detallaron que recurrirá al Tribunal Supremo para apelar:

“El Fútbol Club Barcelona ha sido notificado de la sentencia de la sección del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de la Audiencia Nacional con relación al recurso presentado por el Club sobre la inspección fiscal que afectaba a las retribuciones abonadas a los agentes de los jugadores entre 2012 y 2015. El Fútbol Club Barcelona presentará recurso al Tribunal Supremo.

Sorprende que esta sección del Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional no haya tenido en cuenta la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo al respecto, y por la que se han podido beneficiar otros clubes de fútbol en sentencias recientes por la misma problemática.

También sorprende el divergente criterio de la Audiencia Nacional cuando hace pocos meses otra sección estimó un recurso de nuestro club en un tema idéntico al actual que derivaba de la misma inspección en relación con el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes.

Esta sentencia no comporta por el momento ninguna obligación de pago para el Club, estando esta contingencia debidamente provisionada en las cuentas anuales.

Últimas Noticias