Luis G. Collao/Aton Chile.
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En condiciones de ser visto por la sala del Senado, quedó el proyecto que modifica normas para la incorporación de los trabajadores independientes a los regímenes de protección social y establece la obligación de cotizar.

Los integrantes de la Comisión de Hacienda despacharon las indicaciones presentadas tanto por senadores como el Ejecutivo. Previamente, la Comisión de Trabajo y Previsión Social había hecho lo propio.

En una próxima sesión ordinaria, los legisladores deberán analizar el texto en particular para que éste pase a su segundo trámite a la Cámara de Diputados.

En lo fundamental, el proyecto apunta a instaurar la obligatoriedad de cotizar por parte de los trabajadores independientes para tener acceso a las prestaciones de seguridad social.

Esta obligación se materializará en la declaración anual de impuestos de abril de cada año a partir de 2019, aumentándose gradualmente la retención del 10% por los honorarios hasta llegar al 17%, sobre una base imponible del 80% de la renta bruta anual.

La obligación rige para los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios por cuatro o más ingresos mínimos mensuales y que tengan menos de 55 años los hombres y menos de 50 las mujeres, al 1 de enero de 2012.

La cotización para pensiones se calculará como la diferencia entre la retención y el pago realizado a los diferentes regímenes previsionales y será incrementada gradualmente desde un 3% hasta llegar al 10%.

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