Créditos Hipotecarios
Agencia Uno.
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Ante el alza de tasas de interés, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó que está monitoreando que las instituciones financieras den cumplimiento a las condiciones acordadas con los consumidores en la contratación de créditos hipotecarios.

Los consumidores indican que las instituciones financieras justifican un cambio de condiciones, argumentando que la tasa de interés se fijaría unilateralmente al momento de la escritura.

Entre enero y agosto de este año, el Sernac recibió cerca de 105 reclamos relacionados con tasas de interés en créditos hipotecarios, 47 de ellos asociados directamente al incremento de tasas y cambio en las condiciones. Ante esto, el organismo explicó que la Ley del Consumidor y el reglamento sobre Información al Consumidor de Créditos Hipotecarios son claros respecto de los derechos de los consumidores en esta materia.

El Director del Sernac, Lucas Del Villar, señaló que el Reglamento distingue con claridad entre la “simulación” de condiciones crediticias y la cotización. La primera es referencial, para cuando el consumidor informalmente consulta por un crédito, por ejemplo, a través del sitio web. Por otra parte, la cotización debe enviarse al consumidor una vez evaluado su riesgo comercial y tiene que estar antecedida por una hoja resumen, cuyo formato fija el reglamento.

A diferencia de la simulación, la cotización es la oferta de condiciones que realiza la institución tras analizar los antecedentes comerciales del cliente, y, una vez aceptada por el consumidor, es vinculante para la institución financiera. El consumidor tiene, como mínimo, siete días para aceptar las condiciones propuestas, entre las que está el costo total del crédito, la carga anual equivalente y la tasa de interés. Por lo tanto, la tasa y las condiciones ofrecidas en esta instancia, una vez aceptadas, son las que la institución debe respetar.

Subraya que el Reglamento contempla causales objetivas en base a las que una institución financiera podría excepcionalmente rechazar la contratación de un crédito hipotecario. Entre ellas, se encuentran las variaciones negativas y relevantes en las condiciones de los mercados nacionales o internacionales de deuda que se produzcan con posterioridad a la cotización.

Estos criterios han sido confirmados, por ejemplo, tras el Procedimiento Voluntario con el Banco Scotiabank, que terminó con compensaciones por más de $20 mil millones de pesos a casi 4 mil consumidores, quienes vieron aumentadas sus tasas de interés al momento de firmar la escritura pública de sus créditos hipotecarios respecto de las tasas originalmente pactadas tras la cotización.

Respecto de otras cinco instituciones (Banco Itaú, Banco BICE, Banco BCI, Banco Santander y Banco de Chile), se han detectado ciertos incumplimientos en la remisión de la hoja de cotización y oferta de portabilidad financiera, así como reclamos por no respetar las tasas ofertadas, por lo que el Sernac también las ha denunciado ante tribunales.

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