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Este martes la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la multa de 100 UTM que interpuso el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) contra Mega por advertir que durante el matinal Mucho Gusto se vulneró la privacidad de una menor de edad.

El hecho ocurrió el 31 de julio de 2020, cuando durante el programa se mostraron antecedentes que permiten conocer la identidad de una niña, lo cual fue posible a través de un reportaje emitido sobre la Violencia Intrafamiliar.

En ese sentido, la Sexta Sala del tribunal de alzada decidió rechazar la reclamación presentada por el canal.

“Tal como lo ha expuesto el CNTV, mediante la conducta difundida en el programa Mucho Gusto, efectivamente se ha vulnerado la prohibición de entregar antecedentes que permitan la identificación de menores de edad a quienes su exhibición en televisión, atendido el contexto, puede redundar en un daño a su desarrollo o a su integridad física o psíquico”, reza el fallo emitido.

“Si bien el rostro de la menor se aprecia difuso, no es menos cierto, que existen suficientes elementos que permiten averiguar su identidad”, se argumenta.

Tras esto, la Corte sentenció que se “expone a la opinión y comentario de los vecinos, a más de lo fuerte e impactante de todo el contexto de la situación, lo que la revictimiza gratuitamente”.

De esta forma, Mega deberá pagar un total de 5.2 millones de pesos por haber vulnerado la privacidad de la menor en cuestión.

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