Javier Torres/Aton Chile
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El sindicato de tripulantes de cabina de Latam se habría acogido al artículo 346 del Código del Trabajo para concluir con la huelga, el cual les permite validar la última oferta legal presentada por la empresa, en el caso que no haya un acuerdo formal entre las partes en conflicto.

Así, en estos momentos los trabajadores realizarían los trámites de la formalización del proceso al cual se ampararon para dar por finalizada, unilateralmente, la medida de presión iniciada el pasado 10 de abril.

Con ello, se da por aceptada la última oferta legal presentada por el empleador (aquella inscrita, efectivamente, en la Inspección del Trabajo), que en este caso corresponde a la del mes de marzo pasado.

De este modo, el sindicato, acogiéndose a este artículo y, de paso, aceptando dicha oferta, cerraría la huelga, extendiéndose el acuerdo por tres años.

Por ello, la controversia al interior de Latam tendría relación con lo inesperada de la acción del sindicato, en términos de ampararse a esa cláusula del Código del Trabajo, lo que ha motivado a que su equipo legal deba realizar una revisión completa de la determinación tomada por los tripulantes.

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