Christian Iglesias/Aton Chile.
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La Cámara de Diputados aprobó -con 117 votos a favor y 2 abstenciones- el proyecto que elimina privilegios procesales en favor de autoridades eclesiásticas, iniciativa que ahora pasará al Senado para ser debatida.

Anteriormente dicho proyecto fue aceptado por la comisión de Constitución, instancia que la despachó para su discusión en la Corporación.

Cabe señalar que la regla general en el procedimiento civil es que toda persona deba testificar en el tribunal. Sin perjuicio de aquello, este cuerpo legal establece que determinadas personas, en razón de su cargo o función pública, queden exentas de comparecer, otorgándoles el derecho de prestar declaración en el domicilio que ellos fijen, dentro del respectivo territorio jurisdiccional.

En este sentido, el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil dispone que se encuentran exentos de comparecer ante el tribunal el Presidente de la República y los Ministros de Estado, entre las principales autoridades de Gobierno, así como los parlamentarios, alcaldes, miembros de la Corte Suprema, de las Cortes de Apelaciones, fiscales judiciales, fiscales regionales del Ministerio.

La citada norma establece que también se encuentran exentos de comparecer ante el tribunal las autoridades eclesiásticas, como “el arzobispo y los obispos, los vicarios generales, los provisores, los vicarios y provicarios capitulares y los párrocos, dentro del territorio de la parroquia a su cargo”.

No obstante, la iniciativa aprobada por la Cámara argumenta que no es razonable que en el Chile del siglo XXI aún subsista un privilegio procesal de esta naturaleza en favor de las autoridades eclesiásticas, ya que no ejercen ningún tipo de función pública.

Así, se trata de una norma que viene desde los tiempos en que no existía separación entre la Iglesia y el Estado, pero que, en la actualidad, no solo es anacrónica, sino que además no corresponde en un Estado laico, según puntualizan sus autores.

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