Raul Zamora / Aton Chile
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Tras un amplio debate a través de dos sesiones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de reforma constitucional que promueve la igualdad de derechos y dignidad entre mujeres y hombres. La iniciativa pasó al Senado.

La propuesta, ingresada a trámite legislativo el 29 de mayo, corresponde a una iniciativa de la agenda de Equidad de Género del gobierno de Sebastián Piñera, que busca impulsar medidas para avanzar hacia una sociedad que respete las naturales y complementarias diferencias entre hombres y mujeres y que reconozca los mismos derechos, deberes, dignidades y oportunidades.

La propuesta original constaba de un artículo único que agregaba en el Capítulo I de la Constitución Políticas, de Bases de la Institucionalidad, el deber del Estado de promover la igualdad de derechos y dignidad entre mujeres y hombres, evitando toda forma de violencia, abuso o discriminación arbitraria.

Por su paso por la Comisión de Constitución, el texto fue modificado para terminar definiendo que “es deber del Estado respetar y promover la igualdad de dignidad y derechos entre mujeres y hombres, prohibiéndose toda forma de violencia, abuso o discriminación arbitraria”. Esta norma fue aprobada por 146 votos a favor y uno en contra.

El texto plantado por la citada Comisión incluía también un amplio listado de modificaciones al Capítulo III, relativo a los Derechos y Deberes Constitucionales; así como a los Capítulos V y VI, relativos al Congreso Nacional y al Poder Judicial, respectivamente.

Prácticamente todos esos cambios -así como las indicaciones renovadas en la Sala- fueron rechazados por no alcanzarse el quórum necesario, esto es, un mínimo de 103 votos favorables para alterar el Capítulo III, y un piso de 93 votos a favor para los capítulos referentes al Poder Judicial y Congreso Nacional.

Una excepción lo constituyó una modificación al Capítulo III, relativo al derecho de igualdad ante la ley. En este ámbito se adiciona, tras la frase “Hombres y mujeres son iguales ante la ley”, una norma que define que será “deber del Estado evitar e impedir toda forma de violencia contra la mujer, abuso o discriminación arbitraria. Para ello, garantizará la eliminación de las desventajas existentes, removiendo los obstáculos que la impidan o dificulten, facilitando la participación de todas las personas en la vida política, económica, social y cultural”.

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