FELIPE GUARDA/AGENCIAUNO
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La Corte de Apelaciones de Temuco absolvió al ex-alcalde de Ancud, Pablo Ossio Muñoz, que había sido condenado por hechos de connotación sexual.

Eso sí, el tribunal de alzada temuquense, al igual que el Tribunal de Villarrica, dio por acreditado que el hombre trasladó a una adolescente de 15 años a bordo de su vehículo particular desde Pucón hasta Curarrehue el 1 de marzo del año 2017.

La menor de edad estaba esperando locomoción colectiva, cuando Ossio Muñoz le ofreció llevarla.

Pese a la negativa de la joven y dada la insistencia del Ossio, la niña subió al móvil y en el trayecto, mientras iba en el asiento del copiloto, el ex-alcalde comenzó a tocarle las manos y las piernas, luego se llevó las manos de joven a su boca, besándole los dedos y pasando su lengua por ellos.

Lo anterior terminó cuando la adolescente logró bajarse del vehículo en Curarrehue y luego de dar aviso a su familia se presentó la denuncia en Carabineros.

Pese a que la Corte de Apelaciones de Temuco acreditó que lo anterior ocurrió, estimó que los hechos no son constitutivos de delito.

El abogado José Luis Andrés, representante de Pablo Ossio Muñoz, dijo que la Corte llegó a esa conclusión luego del recurso de nulidad que ellos presentaron.

En la resolución del tribunal de alzada temuquense se explica que para constituir delito, los hechos debieron ocurrir en la vía pública y en presencia de varias personas. Sólo así constituiría en una ofensa a la moral y las buenas costumbres.

Los jueces están de acuerdo en que puede ser reprochable moralmente, pero no es lo suficientemente grave para sancionarlo penalmente.

Debido a lo anterior, la Corte de Apelaciones de Temuco dejó sin efecto la sentencia y absolvió al exalcalde de Ancud de todos los cargos en su contra, eximiéndole incluso de las costas del juicio.

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