FRANCISCO FLORES SEGUEL/AGENCIAUNO
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La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud Metropolitano Central a pagar una indemnización de quince millones de pesos a un paciente por el diagnóstico y tratamiento tardíos de cáncer de mama.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal del país – integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Arturo Prado y los abogados (i) Leonor Etcheberry y Diego Munita – acogió la acción deducida y condenó por falta de servicio por el tardío diagnóstico practicado en Centro de Salud Familiar de la comuna de Maipú.

La resolución sostiene que “claramente el Servicio de Salud Metropolitano Central, a través de su red de salud no otorgó a la usuaria, Adriana Catalán López, la atención de salud requerida de manera eficiente y eficaz”, sostiene.

Y agrega que “no obstante constarse la deficiente evolución de la paciente no se brindara la atención médica adecuada durante un periodo prolongado, insuficiencia que trasunta en la falta de derivación oportuna desde el nivel primario o consulta al nivel secundario para la adecuada evaluación del riesgo y la confirmación de su diagnostico”, afirma.

“Los antecedentes de hecho asentados tienen la connotación necesaria para ser calificados como generadores de responsabilidad, puesto que se desarrollan en el contexto de la prestación de un servicio público, a través de agentes que se desempeñan en un centro de atención primaria, y que en el ejercicio de sus funciones deben proveer las prestaciones médicas necesarias al paciente, de forma tal de evitar su exposición a riesgos innecesarios, sin escatimar esfuerzos para ello”, concluye.

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