Dragomir Yankovic/ Aton Chile.
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La Superintendencia de Salud dio a conocer dos circulares para promover y proteger los derechos de las personas en el ámbito de las isapres.

La primera es la circular N°316, de 18 de octubre de 2018, que imparte instrucciones que prohíben a las isapres crear nuevas tablas de factores.

El objetivo de la misma es ajustar las normas administrativas que regulan dicha tabla y establecer la prohibición de crear nuevas tablas, en conformidad a lo resuelto por el tribunal constitucional en el año 2010.

Con esto se da cumplimiento a lo expuesto por el superintendente Ignacio García-Huidobro en su presentación a la comisión de Salud del Senado, donde anunció que se enviarían estas instrucciones.

Además, la superintendencia emitió la circular N°317, de 18 de octubre de 2018, donde instruye a las isapres aplicar la reducción del precio por cambio de factor etario en la ejecución de los contratos de salud previsional.

La intención con esto es que las instituciones de salud privada apliquen, en forma obligatoria cada vez que corresponda, la reducción de precio correspondiente que se deba realizar por los cambios etario de los beneficiarios en sus contratos de salud. La medida favorece a las personas que por edad representan un menor riesgo para las isapres.

Igualmente, queda establecido que las isapres se encuentran impedidas de aplicar aumentos de precio por cambio de tramo etario.

Ambas instrucciones tienen vigencia desde la fecha de publicación, es decir, el pasado 18 de octubre.

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