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Hasta el martes 12 de febrero las personas dueñas de perros y/o gatos -a partir de los dos meses de edad- tendrán plazo para inscribirlos en el Registro Nacional de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, norma establecida en la Ley 21.020, más conocida como “Ley Cholito”.

Luego de este período comienzan las primeras sanciones a quienes no cumplan con la normativa vigente.

Quienes no inscriban a sus mascotas, arriesgan multas que van entre 1 UTM ($48.305) y 30 UTM ($1.450.500) a partir del miércoles 13 de febrero.

No podrán registrar animales de compañía personas que hayan sido sancionados con la inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de animales.

¿Cómo registro a mi mascota?

En el sitio web www.registratumascota.cl con una Clave Única otorgada por el Registro Civil, o de forma presencial en el municipio correspondiente con un certificado de existencia que entrega un médico veterinario.

Independiente de la forma que se realice, la Municipalidad debe otorgar un certificado de registro al tenedor responsable.

Quienes adopten o compren una mascota después del 12 de febrero tendrán un plazo de 90 días para inscribirla.

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