Karin Pozo/Atonchile.
Comparte

La Defensoría Penal Pública (DPP) valoró el fallo del pleno de la Corte Suprema que resolvió dejar sin efecto tres sentencias condenatorias contra siete comuneros mapuche y una activista, las que habían sido resueltas originalmente entre 2003 y 2004, la mayoría asociadas a supuestos delitos terroristas cometidos por los afectados.

De esta manera, el máximo tribunal del país se pronunció sobre el llamado “caso Norín Catrimán y otros”, que fue revisado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y que el 29 de mayo de 2014 no solo cuestionó estos fallos, sino que condenó al estado chileno.

Según la CIDH, Chile violó los principios de legalidad, igualdad y no discriminación, la presunción de inocencia y los derechos a la igual protección de la ley y a la libertad personal de Segundo Aniceto Norín Catrimán, Pascual Pichún Paillalao, Víctor Manuel Ancalaf LLaupe, Florencio Jaime y Juan Patricio Marileo Saravia, además de José Huenchunao Mariñán, Juan Ciriaco Millacheo Licán y Patricia Troncoso Robles.

La DPP explicó que como no existían casos previos en que la justicia chilena tuviera que anular un fallo por una resolución de este tipo, el pasado lunes 22 el pleno de la corte convocó a los abogados de los comuneros y a representantes de la fiscalía, la Defensoría y el Ministerio del Interior, para escuchar opiniones y evaluar a través de qué mecanismo jurídico el estado chileno daría cumplimiento a lo resuelto por el tribunal interamericano.

Agencia Aton.

Últimas Noticias