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La Corte de Concepción rechazó el recurso de apelación presentado en contra de la resolución que denegó la prisión preventiva de seis ejecutivos y jefes de área de la Empresa Nacional de Petróleo (ENAP), formalizados por contaminación.

Los imputados fueron formalizados por el Ministerio Público como autores del delito de propagación de sustancias peligrosas para la salud animal o vegetal, ilícito que habrían perpetrado en agosto del año pasado en Talcahuano y Quintero-Puchuncaví, durante la manipulación de petróleo iraní.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Fabio Jordán Díaz, Gonzalo Rojas Monje y la fiscal judicial Silvia Mutizábal Mabán– confirmó la resolución dictada el sábado 30 de noviembre reciente, por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que dejó con las medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual a los imputados.

Los imputados son Edmundo Piraíno Suéz, gerente de Refinerías Aconcagua; Alvaro Hillerns Velasco, gerente de Refinerías Biobío; Patricia Cabalá Leiva, jefa del Departamento de Operaciones de Refinerías Biobío; Juan Rhodes Valenzuela, jefe del terminal marítimo Quintero; Jorge Farías Fuentes, jefe del área marítima de Refinerías Biobío, y Carlos Lizana Guerrero, jefe del área terrestre del terminal marítimo Quintero.

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