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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por fiscal adjunto de Los Ángeles, Álvaro Serrano, en contra del fiscal nacional Jorge Abbott por impedirle participar en un proceso de ascenso en el Ministerio Público.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Gloria Solís, la fiscal judicial María Loreto Gutiérrez y la abogada Carolina Coppoacogió la acción constitucional y ordenó al fiscal nacional autorizar la participación de Serrano en el proceso de ascenso del Ministerio Público.

La resolución consigna que “el artículo 75 bis de la ley 19.640 que crea la carrera funcionaria de los fiscales del Ministerio Público establece que los fiscales, cumpliendo los requisitos exigidos en la ley, podrán acceder a los grados inmediatamente superiores”.

Agrega que “asimismo, el artículo 19 Nº 3 inciso 5º de la Constitución Política de la República señala que nadie podrá ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que señalare la ley y que se hallare establecido por ésta con anterioridad a la perpetración del hecho”.

“En consecuencia –continúa–, el Fiscal Nacional no puede a su arbitrio, exigir mayores requisitos que los que están contemplados en la ley para incluir al postulante en el proceso de ascenso. No puede fundar su negativa en una resolución administrativa que impone un nuevo requisito no contemplado en la ley cual es el haber permanecido en el cargo siete años sin solución de continuidad”.

“De lo anteriormente dicho, la negativa del Fiscal Nacional, en orden a impedirle al recurrente participar en el proceso de ascensos 2019, vulneró el derecho constitucional de propiedad y el derecho a la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos lo que llevará a esta Corte a acoger el recurso de protección interpuesto”, añade.

Por tanto, concluye que “se acoge el recurso de protección deducido por Álvaro Alejandro Serrano Romo y en consecuencia se ordena al recurrido tener por cumplidos los requisitos exigidos en el artículo 75 bis de la Ley 19.640 respecto del recurrente y autorizar su participación en el proceso de ascenso 2019 del Ministerio Público“.

Aton Chile.

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