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Agencia Uno
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El Poder Judicial informó que, en relación al retiro del 10% de los ahorros desde las AFP, las solicitudes de liquidación por pensiones de alimentados adeudas se harán a través de “un trámite fácil”. 

Cabe recordar que las personas que adeuden pensiones de alimentos, podrán retirar fondos, pero serán retenidos para pagar dicha mora. 

“Las solicitudes de liquidación por pensiones adeudadas para efectos de retención del 10% de la AFP, deberán realizarse en la causa  de Familia vigente, esto es, donde se está tramitando su cumplimiento. El cumplimiento de pensiones reguladas por mediación se tramita en causa Z ordenada abrir al efecto”, indicaron.

La revisión de la tramitación de las causas, para asegurar sobre cual se debe solicitar la liquidación, se puede hacer en la Oficina Judicial Virtual, sección Mis Causas, en la pestaña de Familia.

“Se dispondrá de un trámite fácil una  vez que entre en vigencia la ley”, aseguró la Justicia. 

 

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